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Consulta sobre Radio base
- lu8djr
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Acotamos el tema a las señales VHF que son las que están permitidas según el ente que regula las comunicaciones en Argentina www.enacom.gob.ar
Como se dijo la señales en la banda de VHF se propagan en forma lineal, aunque existen rebotes y condiciones atmosféricas especiales que pueden permitir contactos esporádicos, tomaremos como base este concepto. Una analogía muy usada de cómo se propagan las ondas de radio es imaginar un estanque de agua tranquila en el que arrojamos una piedra. Desde el punto donde la piedra entro al agua se propagan ondas concéntricas y a medida que se alejan del centro van cubriendo un área cada vez mayor y perdiendo intensidad. Si la piedra que arrojamos es pequeña perturbara débilmente la superficie del agua. Si arrojamos un ladrillo el efecto será mayor.
Esto mismo ocurre con una señal de radio, a medida que se aleja del emisor va perdiendo intensidad (atenuación) y, a su vez, cuanto mayor sea la potencia mayor será el área que cubrirá una señal.
Un equipo de radio portátil como un handie tiene la premisa de ser manuable liviano y autónomo para poder llevarlo encima. Es por eso que incorporan sus propias baterías y pequeñas antenas. Esta solución de compromiso va en detrimento de la potencia a transmitir y la efectividad con que la antena recibe y transmite. Por lo general los equipos de mano tienen potencias máximas del orden de los 5W y antenas helicoidales para reducir su tamaño.
Una radio base usa la batería del vehículo y permite el uso de antenas externas de mejor rendimiento. Las radiobases comerciales manejan potencias del orden de los 50W y actualmente hay equipos de serie con potencias de 75w.
Con esto podemos decir que un radio enlace será más efectivo en cuanto mayor sea la efectividad de la antena, mayor sensibilidad tenga el receptor y mayor sea la potencia que podemos irradiar.
No quiero aburrirlos con más así que dejo abierta la puerta al debate y a lo que pueda colaborar.
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- madariaga
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Sospecho que por la frecuencia se parece mas a la señal de FM (señal tipo óptica) y menos a la de la \\\"onda corta\\\" que suele rebotar en la atmósfera.
Alguien recuerda en que frecuencia nos comunicábamos en el \\\"Encuentro\\\".
Encontré la resolución en:
www.patagonia4x4.com.ar/phpbb3/viewtopic.php?f=4&t=54576
Hay interesante info en:
www.amarokers.com.ar/foro/viewtopic.php?f=36&t=16304
Como hacer una extensión por menos de $ 50
www.foro.fullaventura.com/viewtopic.php?t=128545
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- olimpo88
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Lu8djr veo que sos la persona indicada para consultar sobre este tema, asi que vamos por partes, indicas que es mejor una mono banda supongo que es porque utilizan un chip mejor, es decir para hacerlo multi banda deben poner 3 chip baratos.
La verdad que no tengo intenciones de ser radioaficionado, solo tener un medio de comunicación cuando voy a pescar o en el próximo encuentro, con lo cual me alcanza con las precuencias que publicaste.
139.970 mHz de uso Prioritario y Normal.
138.510 mHz de uso Secundario
140.970 mHz de uso Exclusivo para Emergencias
Según esta tabla entra en el rango de VHF (como bien indicaste)
Ahora la pregunta, si compro un equipo que tiene todas las bandas o una sola pero abierta, por mas que le programe en su memoria estas frecuencias ¿seguiría siendo una radio ilegal?
Si compro una radio canalera, y el pongo esas frecuencias y no soy radioaficionado ¿me la sacan igual?
¿Si compro una radio afuera me la pueden homologar en la CNC?
El handy era porque se podía esconder rápido y dio buen resultado en la última juntada, pero claro que si hay alguna forma de llevar una base sin riesgo de que me la saquen en algún control, y sin necesidad de estar agendando cada vez que me comunico con alguien, compraría una base.
Leandro, Viedma - Rio Negro
Niva 1600 Roja, NAFTA/GNC, cubiertas 205/75/15.
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- madariaga
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olimpo88 escribió: Según esta tabla entra en el rango de VHF (como bien indicaste)
Si claro, pero en que banda?
No será en la de los Rolings Stones y hablando de ellos, justamente por su visita y tu perfeccionamiento del idioma ingles, podrías decir su significado?
"Canto rodado" o "piedras rodantes" ...muy bien acertaste !!!
Y de las marcas "GoodYear" y "FireStone" ?
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- lu8djr
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MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES
Resolución 5/2015
Bs. As., 16/1/2015
VISTO el Expediente N° 6655/2011, del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que los señores Daniel Cenci (D.N.I. 12.702.729), Alejandro Daniel Alvarez (D.N.I. 16.530.086) y Daniel Muguerza (D.N.I. 16.819.574), con las adhesiones de la Asociación Civil denominada “ANDINAUTAS” con sede en el municipio de Tigre - Provincia de Buenos Aires, el CENTRO ANDINO BUENOS AIRES con asiento en esta ciudad, el RADIO CLUB LOBOS —LU5EM— sito en el municipio de Lobos - Provincia de Buenos Aires y con el apoyo de centenares de personas, a través del correo electrónico: [email protected]; han realizado una presentación en la cual han detallado el funcionamiento y las experiencias recogidas de diversas acciones sociales, entre las que pueden destacarse actividades deportivas y humanitarias, que se desarrollan esencialmente en zonas rurales del interior de la República Argentina.
Que es necesario definir a los equipos radioeléctricos que sean útiles para la asistencia, de actividades especiales temporarias no comerciales de apoyo en el resguardo de las vidas de las personas que desarrollen acciones deportivas, sociales, culturales o humanitarias en zonas rurales.
Que una característica coincidente entre dichas actividades es que las mismas son realizadas por grupos de personas que se desplazan a pie, en vehículos o mediante el transporte animal en zonas alejadas de puestos sanitarios y en áreas de difícil o nulo acceso a coberturas de redes de prestación de servicios de telecomunicaciones.
Que los equipos radioeléctricos transceptores del servicio móvil terrestre son elementos indispensables que permiten la intercomunicación inmediata entre los integrantes de un determinado grupo de personas; además mediante su uso coordinado, posibilitan el enlace de radio con distintas entidades públicas de seguridad, de acción social y de sanidad que pudieran encontrarse instaladas en proximidad a los objetivos o zonas de labor eventual de los usuarios particulares.
Que las comunicaciones radiales son indispensables cuando es necesario informar acerca de novedades relativas al pronóstico del tiempo, estado de caminos, emergencia sísmica, etc.
Que ante la presencia de un accidente o una emergencia la comunicación radioeléctrica puede ser determinante para salvaguardar la vida y/o los bienes de una persona o una comunidad.
Que los canales pueden ser de utilización específica para la correspondencia propia de estas actividades, permitiéndose el uso de tecnología de acceso al posicionamiento geográfico y la codificación mediante la llamada selectiva por tono para un determinado sistema radioeléctrico, debiéndose priorizar toda comunicación en emergencia.
Que es posible destinar portadoras en el rango de frecuencias de VHF, atribuidas actualmente al Servicio Móvil Terrestre, de acuerdo a la canalización dispuesta en el Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina.
Que existen como antecedentes normativos la Resolución N° 11.783 de fecha 1 de junio de 1999 del registro de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el cual se autorizó el uso de ciertas frecuencias para la actividad de Vuelo Libre, deporte en el cual se contempla la utilización de parapentes y aladeltas; además la Resolución N° 536 de fecha 26 de julio de 1996 del registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la Resolución N° 4102 de fecha 4 de marzo de 1999 del registro de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, destinaron canales a la actividad de Aeromodelismo; y también la Resolución N° 2750 de fecha 30 de diciembre de 1998 del registro de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, autorizó un rango de frecuencias en la banda de UHF para la utilización de estaciones portátiles de corto alcance de uso familiar.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Destinar las frecuencias que se detallan en el ANEXO de la presente, para la utilización temporaria de estaciones radioeléctricas en Móviles Terrestres para Actividades Especiales Temporarias No Comerciales de Sustento a la Asistencia Humana.
ARTICULO 2° — Toda estación móvil terrestre para la asistencia humana que opere en los canales indicados en el ANEXO no está sujeta a autorización por parte de la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES.
ARTICULO 3° — Las entidades públicas podrán operar, además de estaciones móviles terrestres bajo las condiciones indicadas en el artículo anterior, estaciones fijas o de base en los canales indicados en el ANEXO, previa autorización otorgada por la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES.
ARTICULO 4° — Los equipos radioeléctricos utilizados en esta aplicación deberán encontrarse inscriptos en los registros correspondientes de la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Secretario de Comunicaciones, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
ANEXO
1. Se define por Móviles Terrestres para Actividades Especiales Temporarias No Comerciales de Sustento a la Asistencia Humana a los equipos radioeléctricos que asistan, en forma temporaria, a toda actividad particular o grupal que se realice sin fines de lucro y que además compongan un sistema de apoyo para el resguardo de las vidas de las personas que desarrollen acciones deportivas, sociales, culturales o humanitarias en sitios alejados de las zonas urbanizadas.
Las actividades comprendidas para dicha aplicación se relacionan con:
1.1. Travesías en extensas zonas geográficas normalmente desoladas.
1.2. Expediciones en lugares de difícil acceso (por ejemplo: campamento, senderismo, montañismo, escalada, ciclo-viaje, etc.).
1.3. Exploraciones relacionadas al conocimiento o estudio del medio ambiente en territorios alejados de poblaciones estables.
1.4. Viajes cuyos objetivos son la asistencia humanitaria a residentes rurales aislados de las ciudades que cuentan con auxilio sanitario complejo y permanente.
2. Los usuarios de las actividades descriptas en el punto anterior podrán utilizar los canales que figuran en la siguiente tabla.
FRECUENCIA CENTRAL (MHz)
138,5100
139,9700
140,9700
3. La anchura de banda necesaria de las emisiones deberán ser de 11 kHz (en canales de 12,5 kHz), no obstante podrán utilizarse valores inferiores al establecido.
4. El tipo de modulación utilizada podrá ser analógica o digital.
5. Las emisiones no estarán protegidas contra interferencia perjudiciales provenientes de otras estaciones que pertenezcan a una actividad contemplada en el punto 1 del presente ANEXO.
6. Los tipos de estaciones radioeléctricas
6.1. para los usuarios particulares, podrán ser únicamente equipos transceptores móviles en automotor, móviles portátiles de mano o móviles transportables.
6.2. para las entidades públicas, podrán ser equipos transceptores móviles en automotor, móviles portátiles de mano, móviles transportable o fija-de base, debiendo las estaciones de este último tipo contar con la correspondiente autorización de operación.
7. Los equipos que compongan la red radioeléctrica podrán utilizar dispositivos de llamada selectiva con tonos.
8. Se permitirá el uso de tecnología que contemple el posicionamiento geográfico en las emisiones radioeléctricas.
9. Los usuarios estarán obligados a dar prioridad a toda comunicación en emergencia.
10. Los usuarios que utilicen este tipo de sistemas no quedarán exceptuados de los controles que resulten pertinentes.
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- madariaga
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“Cuanto podria alcanzar de camioneta a camioneta un handy sin antena externa.
Es bastante relativo. Los handies están 10 puntos?, las baterías están 10 puntos? El camino es en línea recta? O hay curvas con montañas ?
Como referencia solamente, te diría que en una caravana cubrís 1,5 km.....sin antena externa....Pero te repito, hay muchas variables en juego.
+++++++++
Podes usar sin tener licencia las siguientes frecuencias:
138.510 MHz
139.970 MHz.
140.970 MHz.
Equipo: Canalero con solo estas frecuencias grabadas.
Si usas un banda corrida, estarías "fuera de la ley"
++++
En general los equipos especifican una potencia de fábrica, ejemplo 5watts, para toda la banda en que transmiten.
Lo que te garantiza que esa potencia se irradie en la antena, es que "la antena" esté bien ajustada para la frecuencia que la vas a utilizar.
Si vas a usar un Handy en el auto, te recomiendo colocar una antena externa ajustada a la frecuencia de trabajo. Con base magnética, antena de 1/4 de onda (aproximadamente 48 cm) o 5/8, que son las que llevan una bobina en la parte inferior.”
Pregunto yo: Se podrá comprar dos handys con estas tres frecuencias pre-programadas y con la antena adecuada a estas frecuencias?
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